Información general
- Presentación de la convocatoria
La Delegación de Solidaridad del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba, de conformidad con lo estipulado en la Ordenanza General de Subvenciones de este Ayuntamiento, aprobada por el Pleno de la Corporación Municipal el 15/09/2005, en aplicación de la Ley 38/2003 General de Subvenciones y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio por el que se aprueba el Reglamento de la citada Ley 38/2003, establece la presente convocatoria de subvenciones para la financiación de proyectos de educación para el desarrollo, con arreglo a las siguientes estipulaciones:
Las solicitudes, con la documentación expuesta, se presentarán en el plazo de 20 días hábiles a partir de la publicación de esta convocatoria en el BOP, que también será expuesta además en el Tablón de Anuncios Electrónico del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba (https://sede.cordoba.es/cordoba/tablon-de-anuncios/), así como en la web https://cooperacion.cordoba.es.
Conforme al art. 30.5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, cuando el último día del plazo sea inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente. Asimismo, y conforme al art. 32.5 de la misma Ley, cuando como consecuencia de un ciberincidente se hayan visto gravemente afectados los servicios y sistemas utilizados para la tramitación de este procedimiento, así como el ejercicio de los derechos de los interesados que prevé la normativa vigente, se podrá acordar la ampliación del plazo de presentación de instancias, así como de otros establecidos en la Convocatoria.
En base a la obligatoriedad de relacionarse con la Administración a través de medios electrónicos que establece el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la identificación, firma y presentación de las solicitudes se realizarán por medios electrónicos. A tal efecto, la presentación se realizará a través del Registro Electrónico del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba (https://sede.cordoba.es/cordoba/registro-electronico/), o utilizando otros registros electrónicos reconocidos por la citada ley en su artículo 16.4. (Registro Electrónico). Se utilizará para la firma electrónica alguno de los sistemas de firma considerados válidos según el artículo 10 de la mencionada Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las solicitudes deberán cumplimentarse electrónicamente, según los Anexos unidos a estas Bases seleccionando en el apartado 4- Unidad Organizativa: CÓDIGO LA001651: SOLIDARIDAD, y haciendo referencia en el apartado 5- Asunto: CONVOCATORIA SUBVENCIONES 2025. EDUCACIÓN AL DESARROLLO.
Toda la documentación se presentará debidamente ordenada, según listado de anexos recogidos al final de las bases, así como identificada con la numeración y nombre de dichos anexos. Se procurará no incluir documentación de años que no serán tenidos en cuenta, según las bases de esta convocatoria, para acreditar requisitos, o para una posible valoración.
- Documentación
- Anexo : Solicitud y declaración responsable
- Anexo : Memoria de actuaciones y trabajo en red en la ciudad de Córdoba
- Anexo : Formulario. Guía orientativa para la presentación de proyectos ED 25
- Anexo : Modelo de memoria económica
- Anexo : Desglose presupuestario por actividades
- Anexo : Declaración responsable de justificación del proyecto
- Anexo : Modelo de valoración de trabajo voluntario no remunerado
- Anexo : Modelo de auditoría de cuentas
- Anexo : Memoria evaluación actividades final del proyecto
- Instrucciones registro solicitudes convocatorias a través de la Sede Electrónica Municipal
Preferentemente ha de utilizarse la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Córdoba
Previamente al acceso a la sede se ha de comprobar que está instalado en el equipo desde elque se va a realizar el registro el CERTIFICADO DIGITAL DE LA ENTIDAD SOLICITANTE