Departamento Municipal de Protección Civil
Descripción
La Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, establece en sus artículos 25 y 26, la competencia en el ámbito de Protección Civil de los Municipios con una población superior a 20.000 habitantes, como es el caso de Córdoba.
Funciones
- Prevenir las situaciones de grave colectivo, catástrofes o calamidades públicas que puedan afectar a la población, sus bienes o el medio ambiente, por medio del estudio y análisis de dichas situaciones.
- Intervenir ante situaciones catastróficas o de calamidad pública, organizando el socorro y protección de las personas, bienes o medio ambiente afectado.
- Divulgar entre la población las medidas a adoptar ante situaciones de emergencia, informando convenientemente para tener una adecuada respuesta.
- Elaboración, mantenimiento, implantación y actualización del Plan de Emergencia Municipal.
- Previsión, Prevención, planificación, intervención y rehabilitación ante riesgos colectivos.
- Incentivar y organizar la participación ciudadana en las labores de Protección Civil a través de la Agrupación de Voluntariado.
Contacto
- Correo electrónico: proteccion.civil@cordoba.es
Plan Local de Emergencias por Incendio Forestal en el Municipio
Tanto la normativa estatal (Real Decreto 893/2013, de 15 de noviembre, por el que se aprueba la Directriz básica de planificación de protección civil de emergencia por incendios forestales – apartado 3.5 de la Directriz) como la normativa autonómica (DECRETO 371/2010, de 14 de septiembre, por el que se aprueba el Plan de Emergencia por Incendios Forestales de Andalucía y se modifica el Reglamento de Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales aprobado por el Decreto 247/2001, de 13 de noviembre – apartado 4.5 del Plan de Emergencia) identifican los planes locales de emergencia por incendios forestales (en adelante PLEIF) como la guía a través de la cual, la entidad local establecerá la organización y el procedimiento de actuación de sus recursos y servicios al objeto de hacer frente a las emergencias producidas por incendios forestales en su ámbito territorial.
Igualmente, el Decreto 371/2010 en su punto 4.5.1.3 establece la obligatoriedad de la elaboración y aprobación del PLEIF por aquellos municipios cuyos términos municipales están incluidos total o parcialmente en las zonas de peligro identificadas en su Apéndice y que para el caso del municipio de Córdoba queda descrita como:
- Municipio: Córdoba
- Zona de peligro: Zona del término municipal situada al Norte canal de riego del Guadalmellato y Río Guadalquivir.
- Plan Local de Emergencias por Incendios Forestales en el Municipio de Córdoba
- Plan de Emergencias y protección civil de Córdoba
Campañas informativas a la población
- Si no la cuidamos, esta será la única Sierra de Córdoba: STOP Fuegos
Si vive en la Sierra de Córdoba y tiene alguna consulta sobre acciones preventivas y de autoprotección frente a incendios forestales, por favor, contacte al correo electrónico pleif@ayuncordoba.es
ÉPOCAS DE PELIGRO
- Época de Peligro ALTO: 1 de junio a 15 de octubre
- Época de Peligro MEDIO: 1 a 31 de mayo y 16 a 31 de octubre
- Época de Peligro BAJO: 1 de enero a 30 de abril y 1 de noviembre a 31 de diciembre
ZONA DE PELIGRO POR INCENDIO FORESTAL EN EL MUNICIPIO DE CÓRDOBA
Territorio al norte del canal del Guadalmellato y del tramo este del río Guadalquivir.
- Prevención y Autoprotección frente a incendios en vivienda
Como actuar ante un incendio en vivienda
Recomendaciones preventivas y autoprotección
COMO PREVENIR
COMO ACTUAR
Reglamento del voluntariado y normativa general de protección civil
- Reglamento Municipal de la Agrupación Local de Voluntariado de Protección Civil.
- Cuaderno de Legislación básica sobre protección civil en España.
Incorporación a la agrupación local de voluntariado de protección de Córdoba
La incorporación a la Agrupación está sujeta a la publicación de CONVOCATORIA DE SELECCIÓN.
Si desea estar informado cuándo se activará una nueva convocatoria, remita un email a proteccion.civil@cordoba.es con indicación de su nombre y teléfono de contacto para que llegado el momento le avisemos.
Puede consultar en qué consiste este tipo de convocatorias accediendo al BOP-Córdoba Núm. 3.692/2022, de 06 de Octubre de 2022 donde está publicada la más reciente.
Nota Informativa sobre como registrar las Solicitudes
Registro solicitudes con clave permanente
Ante posibles dificultades en la presentación presencial de solicitudes de esta convocatoria por la asignación de fecha de la cita previa, se recomienda el registro telemático en https://sede.cordoba.es/cordoba/registro-electronico/ bien con el Certificado electrónico bien con la opción de clave permanente.
Para la obtención de esta segunda opción puede solicitar cita previa en el siguiente enlace: http://citaprevia.cordoba.es/index.php, siendo el horario de atención de 11 a 14 horas.
¿Qué es clave permanente?
Es un sistema de autenticación diseñado para personas que necesitan acceder frecuentemente a los servicios electrónicos de la Administración. Se basa en el uso de un código de usuario, su DNI o NIE, y de una contraseña que se establece en el proceso de activación y que sólo debe ser conocida por ti. Para acceder al proceso de activación es necesario que previamente te hayas registrado en el sistema.
Para los servicios de administración electrónica que requieran un nivel de seguridad elevado, el sistema refuerza la autenticación con la solicitud de introducción de un código numérico de un solo uso (One Time Password, OTP) que se envía previamente por mensaje SMS a tu teléfono móvil.
Para tener más información sobre Clave permanente puede visitar el siguiente enlace: https://clave.gob.es/clave_Home/Clave-Permanente.html
Bando - Medidas para la prevención y lucha contra incendios forestales
Medidas para la prevención y lucha contra incendios forestales
La Sierra de Córdoba constituye una parte esencial del paisaje de nuestro municipio y está intrínsecamente adherida al ser y estar de la sociedad y cultura cordobesa. Su inmenso valor patrimonial está constantemente en riesgo frente al potencial peligro de los incendios forestales, los cuales ya han demostrado sobradamente en los últimos años su alcance devastador. El origen de estos incendios es diverso pero, lamentablemente, la intervención irresponsable del ser humano junto con las extremas características climáticas de altas temperaturas y sequía de los últimos años, determinan una combinación altamente incendiaria que compromete nuestra seguridad.
Por ello, un año más, desde el Ayuntamiento de Córdoba y siguiendo las pautas marcadas por la Junta de Andalucía en su Orden de 21 de mayo de 2009, solicitamos el compromiso firme ante esta amenaza y la colaboración individual observando las siguientes medidas:
1. Queda totalmente prohibido el uso del fuego hasta el día 15 de octubre en terrenos forestales y de influencia forestal (menos de 400 metros de zona forestal), y en particular para las siguientes actividades:
- Quemar vegetación natural o residuos agrícolas y forestales.
- Realizar barbacoas.
- Lanzar cohetes o artefactos que contengan fuego o puedan provocarlo.
- Circular con vehículos a motor por caminos forestales (excepto actividades profesionales autorizadas).
2. Evitar siempre las siguientes imprudencias:
- Arrojar cerillas, colillas, cigarros y objetos en combustión.
- Abandonar basuras u otros restos que puedan favorecer el fuego.
- Utilizar herramientas o maquinaria que generen chispas.
3. Contar con un Plan de Autoprotección en el caso de urbanizaciones, zonas de acampada e instalaciones o actividades situadas en terrenos forestales o sus proximidades. Es importante que quienes utilizan estas instalaciones en período de alto riesgo cuenten con un adiestramiento mínimo sobre cómo actuar en caso de
incendio y facilitar las labores de los servicios de emergencia si se precisara realizar una evacuación de la zona.
4. Proteger su vivienda si se encuentra en zona forestal o de influencia forestal, siendo esencial prepararla frente al fuego, estableciendo como mínimo un anillo de seguridad de 15 metros, libre de todo tipo de material combustible. Limpiar canalones y tejados, podar el arbolado, desbrozar el pasto y matorral e instalar setos de especies menos inflamables constituyen elementos básicos para hacer más segura su parcela en caso de confinamiento.
5. Comunicar inmediatamente al 112 la detección de cualquier conato de incendio o conducta sospechosa. Una pronta reacción es esencial para evitar una catástrofe.
6. Atender encarecidamente las indicaciones de los servicios operativos ante una evacuación o confinamiento. Colaborar y no entorpecer su labor facilitará la efectividad de su acción.
7. Estar en especial alerta ante las indicaciones dadas por la AEMET (https://www.aemet.es/es/eltiempo/prediccion/incendios) en los días de riesgo de incendio MUY ALTO y EXTREMO.
Es objeto de este BANDO trasladar la necesidad de seguir estas instrucciones con el objetivo de alcanzar una mayor preparación individual y colectiva para afrontar la amenaza real de los incendios forestales en nuestro municipio.
Córdoba, 04 de junio de 2024
El alcalde, José María Bellido Roche