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Descripción del trámite

Declaración Responsable para el empadronamiento de menores con un solo progenitor cuando no hay consentimiento de ambos ni autorización judicial y NO existe resolución judicial que se pronuncie sobre la guarda y custodia.

Quién lo gestionaUnidad de Estadística
Cuándo se puede realizarNo tiene plazos
Está sujeto a tasasNo

Requisitos exigidos

  • Empadronamiento con uno solo de los progenitores, cuando existe resolución judicial que se pronuncia sobre la guarda o custodia atribuida en exclusiva a un progenitor. 
    En los supuestos de guarda y custodia de menores atribuida en exclusiva a un progenitor en virtud de resolución judicial, corresponderá a este instar las inscripciones de los menores en el Padrón o las modificaciones de sus datos, de acuerdo con el artículo 54.2 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.
    Para ello, junto con la resolución judicial, deberá aportarse una declaración responsable de que dicha resolución está en vigor, que no existe otra posterior que modifique los términos de la guarda y custodia y que el progenitor que realiza la solicitud no se encuentra incurso en alguno de los supuestos de hecho previstos en los artículos 103.1.c) o 158.3.c) del Código Civil. En el anexo II se incluye el modelo de declaración responsable a estos efectos. 
  • Empadronamiento de menores en un domicilio distinto al de los padres que ostenten su guarda y custodia. Para el empadronamiento de menores en un domicilio distinto al de los padres que ostenten su guarda y custodia se requerirá la autorización por escrito de ambos, o de uno de ellos junto con la correspondiente declaración responsable (anexo I o anexo II según proceda). 

Cómo realizarlo

Dónde presentarlo

En cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 

Presentación electrónica

La presentación electrónica puede realizarse:

  • A través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Córdoba, siguiendo estos pasos:
    1. Acceda a la ficha del trámite en el  Catálogo de Procedimientos y Servicios del Ayuntamiento de Córdoba.
    2. Consulte la información del trámite como requisitos, plazos y normativa.
    3. Inicie el proceso de presentación de solicitudes mediante el enlace incluido elemento 'Directo A'.
    4. Identifíquese mediante certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve.
    5. Cree una nueva solicitud y cumplimente el formulario electrónico.
    6. Firme y presente la solicitud.
  • En los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el art. 2.1 de la ley 39/2015.

Presentación presencial

La presentación presencial puede realizarse:

Normativa