Directo a:
Información del trámite
La Delegación de Fiestas y Tradiciones del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba, de conformidad con lo estipulado en la Ordenanza General de Subvenciones de este Ayuntamiento, aprobada por el Pleno de la Corporación Municipal el 15/09/2005, en aplicación de la Ley 38/2003 General de Subvenciones y el Real Decreto 887/2006, de veintiuno de julio por el que se aprueba el Reglamento de la citada Ley 38/2003, establece la presente convocatoria de subvenciones para el impulso de actividades relacionadas con las fiestas populares y tradicionales de nuestra ciudad para el año 2026.
| Quién lo gestiona | Delegación de Fiestas y Tradiciones |
| Cuándo se puede realizar | Del 26 de marzo a las 00:00 al 14 de abril a las 23:59 |
| Está sujeto a tasas | No |
Requisitos exigidos
Los requisitos se informan en las Bases para la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones de la Delegación de Fiestas y Tradiciones, para el impulso de actividades de asociaciones y entidades sin ánimo de lucro relacionadas con las fiestas populares y tradicionales de Córdoba 2026.
Cómo realizarlo
- Disponga de la documentación requerida en las bases de la convocatoria.
- Realice la presentación electrónica accediendo mediante el 'Directo A'.
Dónde presentarlo
En cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Presentación electrónica
La presentación electrónica puede realizarse:
- A través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Córdoba, siguiendo estos pasos:
- Acceda a la ficha del trámite en el Catálogo de Procedimientos y Servicios del Ayuntamiento de Córdoba.
- Consulte la información del trámite como requisitos, plazos y normativa.
- Inicie el proceso de presentación de solicitudes mediante el enlace incluido en el elemento 'Directo A'.
- Identifíquese mediante certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve.
- Cree una nueva solicitud y cumplimente el formulario electrónico.
- Firme y presente la solicitud.
- En los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el art. 2.1 de la ley 39/2015.
Presentación presencial
La presentación presencial puede realizarse:
- En las oficinas de asistencia en materia de registro.
- En las Oficinas de Correos.
- En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
- En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Normativa
- Ley 39/2015, DE 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Córdoba.
- Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal vigente.