Directo a:
- Relación DEFINITIVA de admitidos/as y excluidos/as al sorteo para la elección del Rey Gaspar para la Cabalgata de Reyes Magos 2026.
El Plazo de presentación de alegaciones fue desde el día 11 al 24 de noviembre de 2025, ambos inclusive.
Finalizado el citado plazo y una vez revisadas las alegaciones presentadas, y en virtud de las competencias que tengo atribuidas por Decreto n.º 8377, de 17 de junio de 2023, dictado por el Sr. Alcalde, vengo a disponer:
PRIMERO.- Aprobar la relación definitiva de admitidos/as y excluidos/as en el sorteo porteo del Rey Gaspar 2025 (Cabalgata de Reyes Magos 2026), que figura como Anexo al presente decreto.
SEGUNDO.- Publicar la presente Resolución en el Tablón Electrónico Edictal del Ayuntamiento de Córdoba y a nivel informativo en la página web del Ayuntamiento de Córdoba (www.ayuncordoba.es)
TERCERO.- Hacer público que la elección se efectuará por sorteo, el jueves 11 de diciembre de 2025, a las 21:00 horas, en el Salón de Plenos del Ayuntamiento, entre todas las personas admitidas. El nombramiento sólo recaerá en la persona que en el momento del sorteo esté presente en la Sala. A tal efecto, el Secretario de la Corporación o persona en quien delegue, pronunciará el nombre de las persona agraciada en tres ocasiones, si no apareciera, proseguiría el sorteo hasta dar con otro número y persona que si estuviesen.”
- Relación PROVISIONAL de admitidos/as y excluidos/as al sorteo para la elección del Rey Gaspar para la Cabalgata de Reyes Magos 2026.
- DECRETO DE RESOLUCIÓN relativo a la relación PROVISIONAL de admitidos/as y excluidos/as al sorteo para la elección del Rey Gaspar para la Cabalgata de Reyes Magos 2026.
- Nota informativa
PRIMERO.- Aprobar la relación provisional de admitidos/as y excluidos/as, que figura como Anexo al presente informe.
SEGUNDO.- De conformidad con las bases de la convocatoria, cada solicitante dispondrá de un plazo de 10 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución en el Tablón Electrónico Edictal, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión, así como efectuar las reclamaciones y alegaciones que estimen oportunas a la relación anexa.
TERCERO.- Publicar la presente Resolución en el Tablón Electrónico Edictal del Ayuntamiento de Córdoba y a nivel informativo en la página web del Ayuntamiento de Córdoba (www.ayuncordoba.es).
Información del trámite
El Ayuntamiento de Córdoba, a través de su Delegación de Fiestas y Tradiciones y con la colaboración de la ONCE, consciente del interés e ilusión que para muchos ciudadanos y ciudadanas comporta el hecho de poder participar, como integrante, en la Cabalgata Oficial de Reyes Magos, y en la pretensión de hacer viables formas en las que se pueda expresar el protagonismo social, acuerda abrir un cauce a dicha posibilidad mediante la presente convocatoria.
| Quién lo gestiona | Departamento de Ferias y Festejos |
| Cuándo se puede realizar | Ver las bases |
| Está sujeto a tasas | No |
Requisitos exigidos
Los requisitos se informan en las bases.
Cómo realizarlo
- Descargue las Bases para participar en el sorteo de Rey Gaspar para conocer los requisitos, lo plazos y demás información de interés.
- Por formulario específico:
- Pulse ACCEDER en el apartado DIRECTO A.
- Cumplimente el formulario
- Adjunte la documentación solicitada
- Presente la solicitud
- Por Instancia General
- Descargue, cumplimente y firme el impreso de Solicitud para participar en el sorteo de Rey Gaspar
- Presente la documentación.
Dónde presentarlo
En cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Presentación electrónica
La presentación electrónica puede realizarse:
- A través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Córdoba, siguiendo estos pasos:
- Acceda a la ficha del trámite en el Catálogo de Procedimientos y Servicios del Ayuntamiento de Córdoba.
- Consulte la información del trámite como requisitos, plazos y normativa.
- Inicie el proceso de presentación de solicitudes mediante el enlace incluido en el elemento 'Directo A'.
- Identifíquese mediante certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve.
- Cree una nueva solicitud y cumplimente el formulario electrónico.
- Firme y presente la solicitud.
- En los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el art. 2.1 de la ley 39/2015.
Presentación presencial
La presentación presencial puede realizarse:
- En las oficinas de asistencia en materia de registro.
- En las Oficinas de Correos.
- En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
- En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.