Información del trámite

Presentación de la cuenta justificativa de las siguientes líneas de subvenciones otorgadas por IMDEEC :

  • Cuenta justificativa 2025 - Línea 1 - Plan de formación especializada para la mejora de la competitividad
  • Cuenta justificativa 2025 - Línea 2 - Proyectos de mejora de la competitividad
  • Cuenta justificativa 2025 - Línea 3 - Proyectos de carácter social
Quién lo gestionaLA0016686: IMDEEC-Promoción
Cuándo se puede realizar

Desde el 01/04/2026 00:00 hasta el 30/04/2026 23:59 para las tres Líneas.

Requerimiento cuenta justificativa: Desde el 16/06/2026 00:00 hasta el 06/07/2026 23:59.

Está sujeto a tasasNo está sujeto a tasas

Requerimiento cuenta justificativa 2025

  • Requerimiento a los solicitantes referidos en el documento adjunto para que, en el plazo de quince días improrrogables (desde el 16/06/2026 00:00 hasta el 06/07/2026 23:59), contados desde el siguiente a la publicación de este requerimiento en el Tablón electrónico de Anuncios y Edictos (Tablón electrónico Edictal), aporten cuenta justificativa y la documentación requerida, indicándose que, si así no lo hicieran, se les tendrá por desistido de su petición.

  Requerimiento cuenta justificativa 2025

Requisitos exigidos

Los requisitos se informan en las  Bases reguladoras.

Cómo realizarlo

  • Disponga de la documentación que se le indica en las bases.
  • Presente la solicitud en la sede electrónica.

Dónde presentarlo

Presentación electrónica

La presentación electrónica puede realizarse:

  • A través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Córdoba, siguiendo estos pasos:
    1. Acceda a la ficha del trámite en el  Catálogo de Procedimientos y Servicios del Ayuntamiento de Córdoba.
    2. Consulte la información del trámite como requisitos, plazos y normativa.
    3. Inicie el proceso de presentación de solicitudes mediante el enlace incluido en el elemento 'Directo A'.
    4. Identifíquese mediante certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve.
    5. Cree una nueva solicitud y cumplimente el formulario electrónico.
    6. Firme y presente la solicitud.
  • En los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el art. 2.1 de la ley 39/2015.

Normativa