Directo a:
Información del trámite
La Delegación de Fiestas y Tradiciones del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba, de conformidad con lo estipulado en la Ordenanza General de Subvenciones de este Ayuntamiento, aprobada por el Pleno de la Corporación Municipal el 15/09/2005, en aplicación de la Ley 38/2003 General de Subvenciones y el Real Decreto 887/2006, de veintiuno de julio por el que se aprueba el Reglamento de la citada Ley 38/2003, establece la presente convocatoria de subvenciones para el impulso de actividades relacionadas con las fiestas populares y tradicionales de nuestra ciudad para el año 2026.
| Quién lo gestiona | Delegación de Fiestas y Tradiciones |
| Cuándo se puede realizar | Del 26 de marzo a las 00:00 al 14 de abril a las 23:59 |
| Está sujeto a tasas | No |
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Requerimiento de subsanación de las solicitudes presentadas a la CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES 2026 PARA EL IMPULSO DE ACTIVIDADES DE ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO RELACIONADAS CON LAS FIESTAS POPULARES Y TRADICIONALES DE CÓRDOBA, aprobadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local N.º 208/26 de 23 de febrero de 2026.
El plazo de subsanación de las solicitudes presentadas será desde el día 9 de junio al 22 de junio, ambos inclusive.
Requisitos exigidos
Los requisitos se informan en las Bases para la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones de la Delegación de Fiestas y Tradiciones, para el impulso de actividades de asociaciones y entidades sin ánimo de lucro relacionadas con las fiestas populares y tradicionales de Córdoba 2026.
Cómo realizarlo
- Disponga de la documentación requerida en las bases de la convocatoria.
- Realice la presentación electrónica accediendo mediante el 'Directo A'.
Dónde presentarlo
En cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Presentación electrónica
La presentación electrónica puede realizarse:
- A través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Córdoba, siguiendo estos pasos:
- Acceda a la ficha del trámite en el Catálogo de Procedimientos y Servicios del Ayuntamiento de Córdoba.
- Consulte la información del trámite como requisitos, plazos y normativa.
- Inicie el proceso de presentación de solicitudes mediante el enlace incluido en el elemento 'Directo A'.
- Identifíquese mediante certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve.
- Cree una nueva solicitud y cumplimente el formulario electrónico.
- Firme y presente la solicitud.
- En los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el art. 2.1 de la ley 39/2015.
Presentación presencial
La presentación presencial puede realizarse:
- En las oficinas de asistencia en materia de registro.
- En las Oficinas de Correos.
- En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
- En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Normativa
- Ley 39/2015, DE 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Córdoba.
- Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal vigente.