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Información del trámite

Fianza personal solidaria (suspensión procedimiento de apremio por recurso de reposición para cantidades inferiores a 1.500 euros) - Recaudación

Quién lo gestionaÓrgano de Gestión Tributaria
Cuándo se puede realizarNo tiene plazos
Está sujeto a tasasNo

Normativa

  • Artículo 224 de la Ley General Tributaria 58/2.003.
  • Artículo 25.3 RD 520/2.005 de 13 de mayo Reglamento General de desarrollo de la Ley General Tributaria.

Cómo realizarlo

  • Las firmas de las personas que actúan como fiadores solidarios deberán legitimarse ante Fedatario Público (Notario o Corredor de Comercio), o bien, comparecer dichos fiadores ante el funcionario público.
  • Descargue, cumplimente y firme el   Impreso N21_142_2007 Fianza personal solidaria
  • Presente la documentación.

Dónde presentarlo

En cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 

Presentación electrónica

La presentación electrónica puede realizarse:

  • A través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Córdoba, siguiendo estos pasos:
    1. Acceda a la ficha del trámite en el  Catálogo de Procedimientos y Servicios del Ayuntamiento de Córdoba.
    2. Consulte la información del trámite como requisitos, plazos y normativa.
    3. Inicie el proceso de presentación de solicitudes mediante el enlace incluido elemento 'Directo A'.
    4. Identifíquese mediante certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve.
    5. Cree una nueva solicitud y cumplimente el formulario electrónico.
    6. Firme y presente la solicitud.
  • En los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el art. 2.1 de la ley 39/2015.

Presentación presencial

La presentación presencial puede realizarse: