Información del trámite

Solicitud de licencia para la tenencia de animales potencialmente peligrosos.

Quién lo gestionaUnidad de Higiene Urbana y Control Animal
Cuándo se puede realizarNo tiene plazos
Está sujeto a tasasSi

Requisitos exigidos

  • Se advierte expresamente que esta solicitud no será tramitada hasta que no se haga entrega de toda la documentación solicitada en la misma.
  • La licencia administrativa para la tenencia de animales potencialmente peligrosos tendrá un periodo de vigencia de cinco años desde la fecha de expedición, pudiendo ser renovada, a petición de la persona interesada, por el órgano municipal competente con carácter previo a su finalización por sucesivos periodos de igual duración.
  • La licencia quedará sin efecto en el momento en que su titular deje de cumplir cualquiera de los requisitos que para su obtención se establecen el apartado 2 del art. 4 del Decreto 42/ 2008, de 12 de febrero.
  • Cualquier variación de los datos acreditativos para la obtención de la licencia deberá ser comunicada por su titular en el plazo de quince días desde la fecha en que se produzca.

Cómo realizarlo

  • Disponga de la documentación exigida:
    • DNI, pasaporte o tarjeta de residencia y, en su caso, documento acreditativo del cargo o representación que ostenta.
    • Certificado acreditativo de no haber sido condenado por delitos de homicidio, lesiones, torturas, contra la libertad o contra la integridad moral, la libertad sexual y la salud pública, asociación con banda armada o de narcotráfico, así como no estar privado por resolución judicial del derecho a la tenencia de animales potencialmente peligrosos, expedido por el Registro Central de Penados y Rebeldes (MINISTERIO DE JUSTICIA).
    • Certificado acreditativo de disponer de capacidad física y aptitud psicológica para la tenencia de animales potencialmente peligrosos expedido por personal facultativo de centro asociado (cualquier CENTRO MÉDICO).
    • Recibo de pago de la prima actualizado y copia de póliza que acredite la suscripción de un seguro de responsabilidad civil por daños personales y materiales a terceros, ocasionados por animales potencialmente peligrosos, con una cobertura no inferior a ciento setenta y cinco mil euros (175.000 €) por siniestro. (Compañía de seguros). El solicitante de la licencia tiene que constar como tomador ó en su defecto estar incluido en la póliza del seguro.
    • Justificante de abono de la Tasa por Expedición, Reproducción y Tramitación de Documentos y Expedientes Administrativos Municipales. Epígrafe 5.- Expedientes en Materia de Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos Tramitados por el Departamento de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Córdoba.
      • Por la gestión administrativa relativa a la solicitud de nueva licencia para la tenencia de animales potencialmente peligrosos. 53,31 €
      • b) Por la gestión administrativa relativa a la renovación de la licencia para la tenencia de animales potencialmente peligrosos. 53,31 €
      • Por la gestión administrativa de cambios en los datos de la licencia para la tenencia de animales potencialmente peligrosos. 13,14 €
      • Por la emisión y compulsa de duplicados relativos a la licencia para la tenencia de animales potencialmente peligrosos, documentos de adopción, etc. 3,93 €
  • Inicie el proceso de presentación electrónica.

Dónde presentarlo

En cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 

Presentación electrónica

La presentación electrónica puede realizarse:

  • A través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Córdoba, siguiendo estos pasos:
    1. Acceda a la ficha del trámite en el  Catálogo de Procedimientos y Servicios del Ayuntamiento de Córdoba.
    2. Consulte la información del trámite como requisitos, plazos y normativa.
    3. Inicie el proceso de presentación de solicitudes mediante el enlace incluido en el elemento 'Directo A'.
    4. Identifíquese mediante certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve.
    5. Cree una nueva solicitud y cumplimente el formulario electrónico.
    6. Firme y presente la solicitud.
  • En los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el art. 2.1 de la ley 39/2015.

Presentación presencial

La presentación presencial puede realizarse:

Normativa

  • Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos.
  • Ley 11/2003, de 24 de noviembre, de protección de los animales
  • Decreto 42/2008, de 12 de febrero, por el que se regula la tenencia de animales potencialmente peligrosos en la Comunidad Autónoma de Andalucía.