Portal de Transparencia

 

 

¿Que es el Portal de Transparencia?

Es el punto de acceso, encuentro y difusión donde el ciudadano pueda obtener toda la información pública que se edite. En este portal se incluyen datos sobre información institucional, organizativa y de planificación, de relevancia jurídica y de naturaleza económica, presupuestaria y estadística; además de aquella cuyo acceso se solicite más frecuentemente.

Solicitud de acceso a la información pública

Solicitud de acceso a la información pública

Cualquier persona física o jurídica puede solicitar el acceso a la información pública, en cumplimiento de su derecho de acceso a la información pública recogido en Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

 

Se considera información pública, los contenidos o documentos, cualquiera que sea su formato o soporte, que obren en poder de las Administraciones y del resto de los sujetos obligados por las leyes de transparencia y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones. Gran parte de esta información está ya publicada en el Portal de transparencia del Ayuntamiento en cumplimiento de la citada Ley, por lo que le recomendamos que antes de realizar una solicitud, visite el Portal para comprobar que la información no está publicada.

INICIAR DESCARGA

Presencialmente:

Descargar el documento y presentarlo en el Registro General de Entrada.  Oficina de Atención Ciudadana y Centros Cívicos

 

Solicitudes presentadas sin datos de identidad (sólo correo electrónico)

 

Los servicios municipales sólo podrán facilitar, en este caso, información ya publicada o en la que el acceso no afecte a la protección de datos de carácter personal, ni resulte aplicable ningún límite, ni causa de inadmisión en los términos dispuestos en los artículos 14, 15 y 18 de la Ley 19/2013.

 

Si no se dieran estas circunstancias se comunicará al solicitante la denegación del acceso, que podrá realizar una nueva solicitud aportando los datos de identificación para iniciar el procedimiento regulado en la Ley, si se considera insuficiente o inadecuada la respuesta dada por el órgano o unidad competente o se quisiere obtener una resolución con el contenido y garantías previstas por la Ley.

 

El régimen de impugnaciones recogido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, no será aplicable al acceso que se conceda o deniegue por esta vía.

 

La expedición de copias o la trasposición de la información a un formato diferente al original podrá dar lugar a la exigencia de exacciones en los términos previstos en la Ordenanza Fiscal de Tasas y Precios Públicos

 

Fundamento legal

 

Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

 

Entidad Gestora

 

Ayuntamiento de Córdoba.

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